Todas aquellas personas que quieran colaborar económicamente en la amortización de las obras parroquiales, lo pueden hacer por estos medios:
INGRESANDO EN
RESTAURACION DEL TEMPLO CAJAMAR ES68 3058 7015 7428 1001 4014
BENEFICIOS FISCALES
B.O.E. nº 307, de 24 de diciembre de 2002. Se establece una deducción de la cuota a pagar a Hacienda del 25% del donativo, con el límite del 10% del total de la base imponible. Sociedades: Deducción del 35%
También lo puede hacer desde aquí: